Resumen de la Mesa Técnica de la MGN de las Universidades Públicas Valencianas ( jueves 1 de febrero )

La reunión de la Mesa Técnica de la que forman parte los representantes de cada una de las cinco universidades y de los sindicatos más representativos: CCOO, CSIF, STEPV y UGT, fue presidida por la Secretaria Autonómica de Universidades, Esther Gómez y en ella estaban también presentes el Director General de Universidades y otros altos cargos de Función Pública, Presupuestos y Personal de la Generalitat.

Dicha reunión tenía por objeto principal establecer un marco de criterios generales comunes para las convocatorias de procesos selectivos de estabilización del profesorado asociado de las universidades públicas valencianas, de acuerdo con lo establecido en la LOSU. 

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Mesa General de Universidades

Desde el CSIF os informamos que este lunes, 27 de febrero, se celebró la reunión de la Mesa General de Universidades en la que están representados la Generalitat, las universidades públicas y los sindicatos con mayor representación en el ámbito universitario de la Comunitat Valenciana (CCOO, CSIF, STEPV y UGT).

El punto principal que se sometía a la aprobación de la Mesa era la Modificación del Decreto 174/2002, del Gobierno Valenciano, sobre Régimen y Retribuciones del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas Valencianas y sobre Retribuciones Adicionales del Profesorado Universitario. La Mesa aprobó por unanimidad dicha modificación.

Al comienzo de la reunión la Directora General de Universidades, Pilar Azpeleta, nos volvió a reiterar que la reforma del decreto que se ha hecho solo afecta a las mejoras retributivas negociadas en el Preacuerdo del Convenio Colectivo del Personal Laboral, firmado en abril de 2019 y a la adaptación de dicho decreto a las nuevas figuras de PDI que establece la LOSU (se añaden las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesorado Sustituto y Profesorado Distinguido).

Fuera de esas cuestiones, y debido sobre todo a la urgencia de que dicha modificación sea aprobada por el Consell antes de las próximas elecciones, no contemplan incluir ninguna otra modificación más aunque se comprometen a que lo primero que nos sentemos a negociar en la Mesa General de Universidades, una vez ya aprobada y en vigor esta primera modificación del Decreto 174/2002, sean cuestiones tan importantes como el derecho a los complementos de productividad por actividad investigadora (sexenios) de las figuras del PDI laborales temporales, quinquenios, trienios para todas las figuras de profesorado laboral temporal (profesorado sustituto) y otros temas pendientes que desde CSIF consideramos prioritario abordar.

Os informamos que finalmente se ha logrado que, de acuerdo con la alegación presentada por CSIF, la fecha de entrada en vigor de todas las mejoras salariales que conlleva la modificación del Decreto 174/2002 sea el 1 de enero de 2023, con independencia de la fecha en que finalmente se publique dicha modificación. En el texto de la modificación de decreto que nos han estado presentando hasta ayer esto no constaba por lo que desde nuestro sindicato nos congratulamos de que finalmente se haya conseguido.

También se incluyen en la modificación del decreto los importes derivados del reconocimiento del complemento de antigüedad (trienios) para todo el profesorado asociado, que se abonarán reconociendo toda la antigüedad que se tenga a partir de la entrada en vigor de los efectos económicos de la modificación del decreto. Esto también supone una mejora ya que hay universidades valencianas en las que el profesorado asociado no percibe dicho complemento de antigüedad, es decir, no se le reconocen ni abonan trienios. En los puntos de la modificación del Decreto referentes al derecho del reconocimiento del complemento de antigüedad para todos los asociados también se ha admitido la propuesta de CSIF.

Las responsables de la Conselleria de Universidades nos explicaron que el martes, 28 de febrero, se iba a informar al Consejo Valenciano de Universidades de los términos de la Modificación del Decreto 174/2002 con toda la documentación que ya tenían preparada al efecto. Una vez informado el Consejo Valenciano lo siguiente será proseguir con su tramitación, que incluiría todavía varios informes preceptivos favorables, para poder elevarla con la mayor celeridad que sea posible a la aprobación del Consell.

Como ya os hemos dicho anteriormente, somos conscientes de que en estos momentos la prioridad es conseguir que se aprueben por fin las mejoras retributivas que implica la aprobación de la modificación del decreto y la firma del Convenio colectivo, pero una vez que esto se haya conseguido, desde CSIF seguiremos trabajando para lograr el reconocimiento de otros derechos pendientes como los complementos por méritos investigadores y docentes del PDI laboral temporal, trienios para aquellas figuras de PDI laboral que no los tienen, etc.

Foro de Diálogo y  Mesa General de Negociación de Universidades

Ayer, 20 de julio, se celebraron las reuniones, convocadas por la Secretaría de Universidades e Investigación.

En primer lugar, a las 11:30 horas, tuvo lugar la sesión final del Foro de Diálogo de las Universidades, con el objeto de aprobar el acta de la reunión que tuvo lugar el mes de febrero de 2022, lo que se fue aprobado por unanimidad. A continuación se procedió a la disolución del Foro puesto que ha sido reemplazado por la Mesa General de Negociación de las Universidades públicas valencianas, cuya creación veníamos exigiendo largamente desde CSIF, ya que los acuerdos que se alcancen en ella tendrán carácter vinculante para todas las partes que la integran (Universidades, Generalitat y Sindicatos mayoritarios), lo que no sucedía en el caso del Foro de diálogo que era un órgano de mero debate.

Una vez finalizada dicha sesión, dio comienzo la reunión de la Mesa General de Universidades con el objetivo prioritario de someter a aprobación el acuerdo sobre determinados criterios generales comunes a las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal del PAS de las Universidades públicas valencianas, según lo establecido en la Ley 20/21 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. 

Estos criterios se habían tratado ya en la Mesa Técnica previa a esta Mesa General, celebrada recientemente, en la que para favorecer un mayor consenso, sindicatos y universidades aceptamos introducir algunos cambios con respecto a la propuesta inicial que nos habían presentado desde la Conselleria. Estos son los criterios que finalmente se aprobaron:

Criterios generales comunes a las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal del PAS

a. Para los Procesos selectivos por el sistema de concurso
1. La experiencia profesional en la escala o categoría supondrá el 60 % de la puntuación total del concurso.

2. El máximo de la puntuación de este apartado se alcanzará con un tiempo de experiencia de entre cinco y quince años en la escala o categoría de la Universidad convocante.

Cada universidad, en función de la ordenación de sus escalas, podrá concretar en cada convocatoria las funciones que se considerarán valorables.

3. Las universidades convocantes podrán, en su caso, puntuar servicios prestados en sus otras escalas o categorías distintas de la del objeto de la convocatoria.

4. A Los servicios prestados en escalas o categorías equivalentes de otras universidades públicas se les otorgará el 40% del valor reconocido a los servicios prestados en la Universidad convocante. A Los servicios prestados en escalas o categorías equivalentes de otras administraciones públicas se les otorgará el 20% del valor reconocido a los servicios prestados en la Universidad convocante.

b. Para los Procesos selectivos por el sistema de concurso-oposición
1. La fase de concurso supondrá el 40 % de la valoración total.

2. La experiencia profesional en la escala o categoría supondrá el 80 % de la fase de concurso. El máximo de la puntuación de este apartado se alcanzará con un tiempo de experiencia de entre cinco y quince años en la escala o categoría de la Universidad convocante.

3. A Los servicios prestados en escalas o categorías equivalentes de otras universidades públicas se les otorgará el 40% del valor reconocido a los servicios prestados en la Universidad convocante. A Los servicios prestados en escalas o categorías equivalentes de otras administraciones públicas se les otorgará el 20% del valor reconocido a los
servicios prestados en la Universidad convocante.

Excepcionalmente, en convocatorias concretas, cada universidad podrá valorar los servicios prestados en dos escalas.

En la sesión se aprobó también el Reglamento por el que se regirá el funcionamiento de la Mesa General de Negociación de les Universidades Valencianas.

Una vez aprobados estos dos puntos, en el Turno de palabras desde CSIF le expusimos a la Secretaria Autonómica de Universidades la necesidad imperiosa que no se demore por más tiempo la aprobación del Convenio del Personal Laboral de las Universidades Valencianas, pendiente y bloqueada durante más de tres años, así como del prometido Plan Plurianual de Financiación de las Universidades.

1º- Información sobre la situación del Convenio del Personal Laboral

Le hemos recordado a la Secretaria Autonómica que en la última reunión que tuvo CSIF con ella y la anterior consellera de Universidades, le presentamos un informe elaborado por una profesora de Derecho Laboral, compañera de CSIF, con argumentación jurídica muy sólida, que valoraron y consideraron útil de cara a elaborar un instrumento jurídico que facilite la aprobación del Convenio. Dicho informe nos fue solicitado posteriormente por la Conselleria para analizar más ampliamente nuestra propuesta y poder utilizar su fundamentación jurídica. 

La Secretaria Autonómica de Universidades e Investigación, Carmen Beviá, afirmó en la reunión que confían en que en breves meses se pueda aprobar el Convenio, ya que la actual consellera, Josefina Bueno, está muy comprometida en este tema. Por otro lado, la responsable de Función Pública asistente a la reunión, nos confirmó que están trabajando para eliminar las trabas legales existentes y que pueda ser aprobado aunque aún no se compromete a precisar una fecha. Confían en que a través de la Ley de Medidas fiscales de 2022 de la Generalitat, actualmente en elaboración, de la Ley de Presupuestos de 2023 de la Generalitat y de los argumentos jurídicos sólidos ya existentes, que os hemos comentado, va a poder establecerse un mecanismo legal por el que por fin pueda aprobarse. 

La Secretaria Autonómica se comprometió a convocarnos a una Mesa Técnica en septiembre para informarnos de los avances que haya y ver si es posible tener para entonces un compromiso para la firma y aprobación del Convenio.

De hecho, la aprobación de la creación de la figura del Profesor Sustituto interino, en la que tienen un gran interés las universidades, que se incluía en el Preacuerdo del Convenio que se firmó en 2019, ha quedado pospuesta puesto que por parte de la Conselleria se ha considerado que si el convenio va a ser probablemente una realidad en poco tiempo no sería necesario someter dicha nueva figura a aprobación como un punto aparte fuera del propio convenio.

Veremos si de verdad se cumplen esos anuncios, ya que dado lo que ha venido sucediendo hasta la fecha con el convenio, tenemos motivos más que suficientes como para ser muy cautelosos al respecto.

2º- Información del Plan de Financiación Plurianual de las Universidades

Por lo que se refiere a dicho Plan, se nos informó que la Comisión de Expertos que hay creada ha estado trabajando en el Plan, que actualmente está siendo analizado por el Ivie (Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas) que se ocupará de desarrollar un estudio de las propuestas realizadas por la Mesa de Expertos y, posteriormente, de la elaboración formal del PPF para la Universidades públicas de la Comunitat Valenciana.

Esperamos que en la Mesa Técnica prevista para septiembre nos amplíen y concreten mucho más la información sobre estos dos puntos prioritarios así como sobre la propuesta planteada por CSIF y otros sindicatos de modificación del Decreto 174/2002 del Gobierno Valenciano, sobre Régimen y Retribuciones del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas Valencianas.

Os seguiremos informando puntualmente del resultado de estas reuniones.