(Escrito remitido al Ministerio de Educación y al PP, PSOE, Ciudadanos y Podemos)
El Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo por el que se aprueba la oferta de empleo público prevé una tasa de reposición de efectivos de hasta un máximo del cien por ciento para los Cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y para los Profesores Contratados Doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001.
En la misma normativa se recoge que no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.
Por su parte, el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2017 en su artículo 19 recoge estos supuestos e incluye tres novedades:
- Tasa de reposición del 100% para personal de administración y servicios
- Obligación de destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la contratación como personal laboral fijo, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.
- No computarán como tasa de reposición las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.
Hay que reconocer que, por primera vez, se han incluido a los Contratados Doctores en los Presupuestos y que los que dejaron de prestar servicios en la Universidad computarán ya al 100%.
Sin embargo, no se recogen para las universidades las medidas del “Acuerdo en materia de reducción de empleo temporal” como son disponer de tasas adicionales para estabilización de empleo temporal.
Por lo tanto, y considerando que la tasa de temporalidad en la plantilla de profesorado universitario es del 41’4%, le solicitamos la presentación de enmiendas a los Presupuestos para:
- Incluir la promoción interna de Contratado Doctor a Titular de Universidad sin que compute a efectos de tasa de reposición
- Posibilitar que los Ramón y Cajal con certificado I3 puedan optar a plazas de Titular de Universidad ya que, al final, terminan consumiendo dos plazas. Además, permitiría duplicar en Cátedra.
- Conseguir la convocatoria de más plazas en las Ofertas de Empleo Público de las Universidades
- Lograr la convocatoria de plazas de Contratado Doctor sin que computen en tasa de reposición
- Implementar fórmulas para reducir los porcentajes de temporalidad, dotando de estabilidad necesaria a las distintas figuras de profesorado interino (Titular de Universidad interino, Profesor Sustituto interino, Contratado Doctor interino).