La LOSU y el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios

  • Aprobada la LOSU en el Congreso entrará en vigor en breve plazo
  • La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario supone para el PAS un texto poco ambicioso, muy generalista y que se limita a recoger lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público.

No obstante, desde CSIF nos congratulamos de haber conseguido incorporar al PAS en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) y que el Capítulo V se refiera íntegramente al Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de las universidades públicas.

Además, se recoge por primera vez en el Artículo 90 la demanda planteada por CSIF de que “Este personal podrá desarrollar su Carrera profesionalmediante la progresión de grado, categoría, escala o nivel, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo y con la remuneración correspondiente a cada uno de ellos, atendiendo a su trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos, la formación acreditada y la evaluación de su desempeño”. Asimismo, podrá desarrollar su carrera profesional, mediante el ascenso en la estructura de puestos de trabajo, atendiendo a la valoración de sus méritos, su grado de especialización y las aptitudes por razón de la especificidad de la función que desempeña y la experiencia adquirida.

Para CSIF resulta positivo que el texto incluya la posibilidad de establecer programas de incentivos para este colectivo, vinculados a sus méritos individuales y a su contribución en la mejora de la actividad que desempeña en relación con la docencia, la investigación, la transferencia e intercambio del conocimiento o la gestión y prestación de servicios especializados.

Del mismo modo, se nos antoja interesante que la Ley recoja que “las universidades implantarán, asimismo, planes anuales de formación a lo largo de la vida” y planes plurianuales destinados a la movilidad, incluida la movilidad internacional.

La última redacción, diferenciando entre acceso y provisión, mejora un apartado que creaba confusión aunque, a nuestro juicio, sigue sobrando la referencia a la posibilidad de concurrencia de personal perteneciente a cuerpos y escalas de las Administraciones Públicas.

Por último, es de valorar que se refleje en el texto otra reiterada demanda de CSIF como es la recogida en la Disposición transitoria novena. Proceso de estabilización de las plazas del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de las universidades públicas. Antes del 31 de diciembre de 2024 y conforme a lo establecido por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, las universidades públicas deberán articular procesos de estabilización de las plazas de su personal técnico, de gestión y de administración y servicios. El sistema de selección en estos procesos será el de concurso o concurso-oposición garantizando los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y concurrencia. Estas plazas no computarán en la tasa de reposición de efectivos.

No obstante, CSIF rechaza los recortes al peso del PAS y del PDI no permanente en el Claustro.Aumenta la representación de los estudiantes a costa de estos dos colectivos (tendrán que repartirse un escaso 24%) que vuelven a ser nuevamente maltratados en la LOSU. Sin embargo, al final, hemos conseguido recuperar el representante del PAS en los Consejos Sociales de las universidades.

CSIF insiste en reclamar condiciones laborales dignas para los investigadores postdoctorales Margarita Salas y María Zambrano

  • El sindicato pide a los rectores que se les abone la cuota patronal, los complementos por antigüedad y las subidas salarialescorrespondientes
  • El TSJ de Castilla y León ha concluido que los afectados no deben sufrir ningún tipo de recorte en su salario para pagar la cuota patronal y califica de “nula e injustificada” esta práctica
  • La Inspección de Trabajo de Valencia ha considerado ilegal el descuento de una parte de las ayudas Margarita Salas y María Zambrano para sufragar la cuota patronal
  • La Universidad de Córdoba (UCO) ha anunciado que mejorará económicamente las ayudas Margarita Salas y María Zambrano

Recordamos que, una vez creadas en 2021 las ayudas por el Ministerio de Universidades, cada universidad se encargó de elaborar su propia convocatoria de ayudas y de definir su relación contractual con los beneficiarios por lo que muchas contemplaron que la cuota patronal fuera deducida del importe bruto mensual que reciben los beneficiaros. Ese fue el caso de, entre otras,  las universidades de Córdoba, Valencia, Sevilla, Málaga, Granada o Politécnica de Valencia.

Por el contrario, otras universidades públicas (Salamanca, Cantabria, Politécnica de Madrid o Carlos III), se ciñeron a la legalidad y tuvieron a bien respetar el bruto de la convocatoria del Ministerio de Universidades o compensar los salarios de sus investigadores mediante ayudas propias o reducir las retenciones de IRPF.

Esta bochornosa situación está provocando renuncias y reclamaciones sobre los derechos laborales de los investigadores. Recientemente, la Inspección de Trabajo de Valencia ha considerado ilegal el descuento de una parte de las ayudas Margarita Salas y María Zambranopara sufragar la cuota patronal. Y es que a nadie se le escapa la merma y el perjuicio económico para los investigadores (llega a representar más del 30% de su salario), además de sus connotaciones negativas, ahora y en el futuro, respecto a sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Por su parte, el TSJ de Castilla y León ha dado la razón a 80 investigadores de la Universidad de Valladolid y reconoce que los trabajadores tienen derecho “a cobrar íntegramente” las cantidades brutas estipuladas por el ministerio en la oferta inicial. Aclara la sentencia judicial que los afectados no deben sufrir ningún tipo de recorte en su salario para pagar la cuota patronal y califica de “nula e injustificada” esta práctica.

En la confianza de que esta situación no vuelva a producirse en futuras convocatorias y para acabar con el agravio comparativo y evitar perpetuar una injusta situación laboral, CSIF  pide a los rectores que se les abone la cuota patronal, los complementos por antigüedad y las subidas salariales correspondientes.

El sindicato independiente informa que la Universidad de Córdoba (UCO) acaba de anunciar que mejorará económicamente las ayudasMargarita Salas y María Zambrano haciéndose cargo de parte de los costes laborales que hasta ahora se estaba repercutiendo en los investigadores.

El Ministerio de Ciencia e Innovación publica la convocatoria para obtener el certificado R3 como personal investigador establecido

El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto desde el 20 de marzo hasta el 13 de abril de 2023 a las 14:00 horas (hora peninsular).

El Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la Agencia Estatal de Investigación (AEI), ha publicado por primera vez la convocatoria para obtener el certificado R3 como personal investigador establecido.

Os facilitamos Enlace a la convocatoria y Enlace a la ficha de la convocatoria

El certificado R3 se tendrá en cuenta a los efectos de su valoración como méritos investigadores en dichos procesos selectivos, y se proyectará sobre las pruebas o fases de valoración del currículo del personal investigador que forme parte de estos procesos, de forma que tendrá efectos de exención o compensación de parte de las pruebas o fases de evaluación curricular o equivalentes, para todas las Administraciones Públicas.

La finalidad de esta actuación es valorar la carrera de investigadores nacionales y extranjeros en el marco de un itinerario postdoctoral de acceso al Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación, de manera que ello permita reconocer su calidad e independencia investigadora y, cumpliendo con el perfil europeo de investigador establecido (R3), la obtención de la certificación R3 como investigador establecido.

Para que tengáis más información sobre el tema, os adjuntamos enlace https://www.youtube.com/watch?v=0Jz95wrJyOs  al recientemente celebrado Webinario R3 de la Agencia Estatal de Investigación.

La LOSU no beneficia al Personal Docente e Investigador de las universidades públicas

  • Aprobada la LOSU en el Congreso entrará en vigor a los 20 días de su inminente publicación en el BOE
  • Recoge un plazo de seis meses para que el Gobierno presente un proyecto de ley del Estatuto del PDI

Promueve la perniciosa doble vía paralela, funcionarial y laboral, que fomentará duplicidades y frenará la movilidad, incrementando la precariedad, la discriminación y las desigualdades entre colectivos.

Ni resuelve la temporalidad ni asegura la estabilidad. No ofrece garantías de continuidad, ni financiación específica para la estabilización lo que hace imposible llegar al 8% de temporalidad. El paso de los Asociados a contratos indefinidos no es una estabilización real y efectiva.

Fomenta la laboralización de las plantillas en detrimento de los cuerpos docentes universitarios (Titular de Universidad y Catedrático de Universidad).

Cronificará la precariedad generando problemas a Asociados, Ayudantes Doctores, Visitantes y Sustitutos. Al topar a 120 horas, habrá problemas con la docencia y reducción de retribuciones para los profesores Asociados. Genera temor a despidos masivos en los concursos.

La ausencia de un marco común en las acreditaciones acabará con la homogeneidad en la evaluación del PDI funcionario. En las acreditaciones y sexenios de laborales y funcionarios no habrá unidad de criterio y serán evaluaciones distintas. Hace necesario un RD de acreditaciones.

Blinda la “tasa de reposición” para el PDI lo que dificultará la renovación y el rejuvenecimiento de las plantillas.

Ignora a los contratados predoctorales, ningunea a los investigadores posdoctorales y minusvalora la importancia de la investigación en las universidades.

No hay una carrera académica clara, ágil y predecible. Se tardarán muchos años antes de llegar a conseguir una plaza de funcionario o laboral indefinido lo que dificultará la urgente renovación de las plantillas. 

No mejora el sistema retributivo del PDI. Ni hay complemento de calidad docente ni se incentiva al profesorado. Persiste en un sistema retributivo adicional individualizado de evaluación permanente. Habrá diferencias retributivas entre laborales y funcionarios.

Dilata elementos  claves para docentes e investigadores al desarrollo posterior de un Estatuto del PDI que nacerá encorsetado y condicionado por la LOSU.

No existe una transitoriedad real en su aplicación lo que resta la necesaria seguridad jurídica y afectará negativamente a la estabilización y a la carrera académica del PDI.

Sobran los motivos para rechazar la LOSU

La Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) ha sido aprobada de manera definitiva en el Congreso y entrará en vigor a los 20 días de su inminente publicación en el BOE

Considerada por la inmensa mayoría como “una oportunidad perdida”, la LOSU ha sido calificada negativamente por todos los colectivos universitarios: profesores, investigadores, personal de administración, estudiantes, rectores, sindicatos, consejos sociales, etc.

Para CSIF, no va a resolver los problemas de la universidad del siglo XXI pero, además, desvertebra el Sistema Universitario Español al haber estado centrada en concesiones a los socios independentistas del Gobierno de coalición, resulta de imposible cumplimiento al no ir acompañada de financiación y afectará negativamente al funcionamiento de las universidades ya que generará incertidumbre e inestabilidad.

¿Cuáles son las señas de identidad de la LOSU?

Realizada sin negociación y sin consenso: sin el acuerdo de la comunidad universitaria, sin el compromiso de las comunidades autónomas, sin el refrendo sindical, sin los informes del Consejo de Universidades y del Consejo de Estado.

Desregula aspectos importantes y se convierte en una ley de mínimos. El Ministerio de Universidades, las CCAA y las universidades tendrán que habilitar un largo período de adaptabilidad a través de decretos, normas y reglamentos.

Planteada sin compromiso de financiación: el objetivo del 1% del PIB es una mera declaración de intenciones, no presenta Memoria Económica, incrementará los costes y no recoge financiación ni partidas presupuestarias concretas para estabilización o renovación de plantillas de PDI y PAS.

Fragmentará en 17 el Sistema Universitario Español: cada comunidad autónoma presentará diferentes y variadas tipologías de profesorado, de becas, de acreditaciones, de tasas, de estatutos, de claustros, favoreciendo las desigualdades y la falta de equidad y homogeneidad.

No atiende las necesidades de la sociedad: no incrementa la participación de la sociedad en las universidades, renuncia a superar la falta de transparencia y rendición de cuentas y disminuye las competencias de los Consejos Sociales .

Elude la necesaria reforma y modernización de la gobernanza: hay un presidencialismo excesivo, implica déficits democráticos y generará incertidumbre y crisis institucionales en el medio plazo.

Ningunea a los investigadores posdoctorales y minusvalora la importancia de la investigación que se realiza en las universidades (cerca del 80% de la investigación que se hace a nivel nacional) a la que inexplicablemente dedica muy pocos artículos.

Fomenta la politización de las universidades permitiendo en el artículo 45.2 g el posicionamiento político e ideológico de los claustros y acabando con la neutralidad en los campus.

No hay una estrategia real de internacionalización, no promueve la empleabilidad, ni el emprendimiento, ni el mecenazgo.

Limita la autonomía universitaria al otorgar a las Comunidades Autónomas la aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT,s) de PAS y PDI.

Mesa General de Universidades

Desde el CSIF os informamos que este lunes, 27 de febrero, se celebró la reunión de la Mesa General de Universidades en la que están representados la Generalitat, las universidades públicas y los sindicatos con mayor representación en el ámbito universitario de la Comunitat Valenciana (CCOO, CSIF, STEPV y UGT).

El punto principal que se sometía a la aprobación de la Mesa era la Modificación del Decreto 174/2002, del Gobierno Valenciano, sobre Régimen y Retribuciones del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas Valencianas y sobre Retribuciones Adicionales del Profesorado Universitario. La Mesa aprobó por unanimidad dicha modificación.

Al comienzo de la reunión la Directora General de Universidades, Pilar Azpeleta, nos volvió a reiterar que la reforma del decreto que se ha hecho solo afecta a las mejoras retributivas negociadas en el Preacuerdo del Convenio Colectivo del Personal Laboral, firmado en abril de 2019 y a la adaptación de dicho decreto a las nuevas figuras de PDI que establece la LOSU (se añaden las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesorado Sustituto y Profesorado Distinguido).

Fuera de esas cuestiones, y debido sobre todo a la urgencia de que dicha modificación sea aprobada por el Consell antes de las próximas elecciones, no contemplan incluir ninguna otra modificación más aunque se comprometen a que lo primero que nos sentemos a negociar en la Mesa General de Universidades, una vez ya aprobada y en vigor esta primera modificación del Decreto 174/2002, sean cuestiones tan importantes como el derecho a los complementos de productividad por actividad investigadora (sexenios) de las figuras del PDI laborales temporales, quinquenios, trienios para todas las figuras de profesorado laboral temporal (profesorado sustituto) y otros temas pendientes que desde CSIF consideramos prioritario abordar.

Os informamos que finalmente se ha logrado que, de acuerdo con la alegación presentada por CSIF, la fecha de entrada en vigor de todas las mejoras salariales que conlleva la modificación del Decreto 174/2002 sea el 1 de enero de 2023, con independencia de la fecha en que finalmente se publique dicha modificación. En el texto de la modificación de decreto que nos han estado presentando hasta ayer esto no constaba por lo que desde nuestro sindicato nos congratulamos de que finalmente se haya conseguido.

También se incluyen en la modificación del decreto los importes derivados del reconocimiento del complemento de antigüedad (trienios) para todo el profesorado asociado, que se abonarán reconociendo toda la antigüedad que se tenga a partir de la entrada en vigor de los efectos económicos de la modificación del decreto. Esto también supone una mejora ya que hay universidades valencianas en las que el profesorado asociado no percibe dicho complemento de antigüedad, es decir, no se le reconocen ni abonan trienios. En los puntos de la modificación del Decreto referentes al derecho del reconocimiento del complemento de antigüedad para todos los asociados también se ha admitido la propuesta de CSIF.

Las responsables de la Conselleria de Universidades nos explicaron que el martes, 28 de febrero, se iba a informar al Consejo Valenciano de Universidades de los términos de la Modificación del Decreto 174/2002 con toda la documentación que ya tenían preparada al efecto. Una vez informado el Consejo Valenciano lo siguiente será proseguir con su tramitación, que incluiría todavía varios informes preceptivos favorables, para poder elevarla con la mayor celeridad que sea posible a la aprobación del Consell.

Como ya os hemos dicho anteriormente, somos conscientes de que en estos momentos la prioridad es conseguir que se aprueben por fin las mejoras retributivas que implica la aprobación de la modificación del decreto y la firma del Convenio colectivo, pero una vez que esto se haya conseguido, desde CSIF seguiremos trabajando para lograr el reconocimiento de otros derechos pendientes como los complementos por méritos investigadores y docentes del PDI laboral temporal, trienios para aquellas figuras de PDI laboral que no los tienen, etc.