Movilidad del profesorado universitario.

La disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre que modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, también abre la puerta a la movilidad del profesorado universitario, que según reza permitirá mejorar de forma inmediata la eficacia y eficiencia de las universidades públicas en la asignación de los recursos humanos, activos esenciales para mejorar la calidad de los servicios públicos que prestan.

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